Distribuidor Motos eléctricas

Ayudar en la movilidad sostenible y en el cambio hacia ella.

A través de la venta de vehículos eléctricos queremos apoyar el cambio.

Se necesita un cambio de mentalidad en el uso de las energías y el uso vehículos.

Los primeros prototipos de vehículos se crearon a finales del siglo XIX pero no fue hasta la primera década del XX donde el público empezó a mirarlos como algo útil. El automóvil recorre las tres fases de los grandes medios de propulsión: vapor, electricidad y gasolina. impulsados solo por energías muy contaminantes.

En este siglo XXI hito de la historia, cambiando la generación de electricidad a energías renovables, un cambio que no se centra solo en la generación, también en el uso de ella, y se necesita incidir en todos los medios de consumo de energías contaminantes para que se pueda hacer este cambio hacia la no contaminación, uno de los principales usos de los combustibles fósiles es el transporte , una alternativa es el cambio a vehículos  eléctricos, que aunque la generación  de electricidad aun no es totalmente limpia y libre de CO2 ya hay vehículos eléctricos alternativos a precios asequibles que pueden suponer el inicio de un cambio a la no dependencia de los combustibles fósiles.



Los municipios de más de 50.000 habitantes tendran antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible.

Accesibilidad. Gracias a nuestros vehículos podrás tener acceso a todas las zonas de tu ciudad.

Según la ley la Ley de Cambio Climático y Transición Energética en su articulo 14.3

Los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares adoptarán antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo, al menos:

a) El establecimiento de zonas de bajas emisiones antes de 2023.

b) Medidas para facilitar los desplazamientos a pie, en bicicleta u otros medios de transporte activo, asociándolos con hábitos de vida saludables, así como corredores verdes intraurbanos que conecten los espacios verdes con las grandes áreas verdes periurbanas.

c) Medidas para la mejora y uso de la red de transporte público, incluyendo medidas de integración multimodal.

d) Medidas para la electrificación de la red de transporte público y otros combustibles sin emisiones de gases de efecto invernadero, como el biometano.

e) Medidas para fomentar el uso de medios de transporte eléctricos privados, incluyendo puntos de recarga.

f) Medidas de impulso de la movilidad eléctrica compartida.

g) Medidas destinadas a fomentar el reparto de mercancías y la movilidad al trabajo sostenibles.

h) El establecimiento de criterios específicos para mejorar la calidad del aire alrededor de centros escolares, sanitarios u otros de especial sensibilidad, cuando sea necesario de conformidad con la normativa en materia de calidad del aire.

i) Integrar los planes específicos de electrificación de última milla con las zonas de bajas emisiones municipales.

Lo dispuesto en este apartado será aplicable a los municipios de más de 20.000 habitantes cuando se superen los valores límite de los contaminantes regulados en Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

Los planes de movilidad urbana sostenible habrán de ser coherentes con los planes de calidad del aire con los que, en su caso, cuente el municipio con arreglo a lo previsto en el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.

Se entiende por zona de baja emisión el ámbito delimitado por una Administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos vigente.

Cualquier medida que suponga una regresión de las zonas de bajas emisiones ya existentes deberá contar con el informe previo del órgano autonómico competente en materia de protección del medio ambiente.


Acceso a la pagina del ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz con información del impuesto de circulación y bonificaciones.

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